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Lo despidieron sin causa justa

Si trabajó en una empresa privada y lo despidieron sin causa justa, tiene derecho a reclamar su liquidación: la indemnización y las prestaciones laborales que no le pagaron, podemos ayudarle.

En Guatemala, el trabajador de una empresa privada despedido sin causa justa puede reclamar su liquidación: indemnización por despido injustificado, más aguinaldo y bono 14 proporcionales, vacaciones no gozadas y salarios pendientes. Son derechos irrenunciables. El reclamo se presenta ante la Inspección General de Trabajo o un Juzgado de Trabajo y Previsión Social.

Casco, guantes, lentes y protectores de oído de trabajo, sobre una mesa de madera.

Lo primero

¿Esto es para usted?

Sí le aplica, si…

  • Lo despidieron sin causa justificada y no le pagaron indemnización.
  • Quedaron pendientes aguinaldo, bono 14 o vacaciones.
  • Lo obligaron a firmar una renuncia que no quería firmar.
  • Le pagaban con factura, pero en la práctica era trabajador de la empresa.

No le aplica, si…

  • Lo despidieron por causa justificada y comprobada. Aun así conviene revisarlo: la causa hay que probarla.
  • Ya le pagaron todo y firmó el finiquito sabiendo qué firmaba.
  • Pasaron muchos años. Los plazos son cortos: pregunte antes de darlo por perdido.

¿No está seguro? Escríbanos: revisar si aplica no se cobra. Preguntar por WhatsApp.

De qué se trata

Se reclama: indemnización por despido injustificado, aguinaldo y bono 14 proporcionales, vacaciones no gozadas, salarios pendientes, horas extras, y los daños y perjuicios que la ley reconoce cuando el patrono no paga a tiempo. Son derechos irrenunciables: si firmó algo que diga lo contrario, ese papel no borra el derecho.

Hay dos caminos: la Inspección General de Trabajo, que cita al patrono a conciliación, o la demanda en el Juzgado de Trabajo. El plazo es corto: se pierden más casos por dejar pasar el tiempo que por falta de razón.

Sin sorpresas

Lo que alega la otra parte, y la respuesta

Tomados de escritos reales de patronos.

Usted renunció

La respuesta:

Una renuncia firmada bajo presión, o firmada en blanco, se puede atacar. Si le hicieron firmar hojas en blanco o poner su huella sin leer, dígalo desde el primer día: cambia el caso.

No hay con qué probar el salario

La respuesta:

Cuando el patrono no exhibe sus registros, la ley no lo deja sin salida: hay presunciones a su favor.

Qué sigue, paso a paso

  1. Cuentas claras

    Calculamos lo que le corresponde con las fechas y el salario reales, con las bonificaciones que se suman al cálculo.

    Días

  2. Inspección General de Trabajo, si conviene

    Se cita al patrono a conciliación. A veces se arregla ahí y usted cobra sin juicio.

  3. Demanda en el Juzgado de Trabajo

    Si no hubo arreglo, se demanda. El juicio laboral es oral y más rápido que un civil.

  4. Sentencia y cobro

    Ganada la sentencia, se ejecuta. El cobro también lo hacemos nosotros.

¿Cuánto tarda?

En la Inspección puede cerrarse en semanas. En juicio, entre uno y dos años.

Vaya reuniendo lo siguiente

Qué necesitaremos para ayudarlo

No es necesario tenerlo todo al inicio, consúltenos ya.

  • Su DPI y las fechas: cuándo empezó y cuándo terminó.
  • La carta de despido y el contrato, si los tiene.
  • Recibos de pago, boletas o el estado de cuenta donde le depositaban.
  • Gafete o cualquier papel con el nombre de la empresa.
  • Nombres de compañeros que puedan declarar.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo reclamar?

Los plazos son cortos y no son iguales para todo lo que se reclama. La indemnización, el aguinaldo, el bono 14 y las vacaciones tienen cada uno su regla.

No lo calcule usted. Mándenos la fecha en que terminó de trabajar y se lo decimos el mismo día.

¿Qué prestaciones me corresponden al salir de un trabajo?

Si el despido fue injustificado: indemnización. En cualquier caso: aguinaldo y bono 14 proporcionales, vacaciones no gozadas y los salarios que hayan quedado pendientes.

Si trabajó horas extras que no le pagaron, también se reclaman, y por eso importa que diga desde el principio cómo se pueden probar.

Firmé el finiquito. ¿Ya no puedo reclamar nada?

Depende de qué firmó y de cuánto le pagaron. Un finiquito que paga menos de lo que la ley manda no convierte la diferencia en algo renunciado: los derechos laborales son irrenunciables.

Mándenos una foto del finiquito y de los recibos. En una revisión se ve si quedó algo pendiente.

Los otros tres que llevamos

¿No era este su caso?

Tres personas mayores posan juntas afuera de su casa: un hombre sentado y dos mujeres de pie a su lado.

El IGSS le negó la pensión por vejez

Contribuyó al IGSS por muchos años y ahora le niegan su pensión, puede contarnos su caso para recibir orientación, puede consultar sin costo.

Trabajador de salud, con uniforme, sentado en el suelo junto a una ventana con la cabeza apoyada en la mano.

Trabajó para el Estado y lo destituyeron sin pagarle nada

Por estar contratado por servicios técnicos o profesionales en renglones 029, 182, 189, 031 y similares no le pagaron prestaciones laborales ni indemnización, contáctenos, podemos ayudarle.